"Una política capturada es una política que no se construye pensando en el interés general, sino en intereses parciales e insolidarios". (Villoria, 2019)

Lima, 19 de agosto del 2024.
Amazonas tiene un nuevo Director Regional de Educación.
Sin embargo, su designación no es del todo nueva. El Dr. Segundo Lizardo Zumaeta Arista fue encargado según la Resolución Ejecutiva Regional N° 910-2023 del Gobierno Regional Amazonas, emitida el 29 de diciembre de 2023. Este cargo lo ocupó brevemente, hasta que su nombramiento fue dejado sin efecto mediante la Resolución Ejecutiva Regional N° 012-2024 del mismo gobierno regional, con fecha del 17 de enero de 2024. También fue Director de Ugel y Drea en el 2023.
Por lo tanto, no celebramos su designación, ya que podría ser revocada en cualquier momento. Se trata de un nombramiento frágil.
Espero que, al menos esta vez, lo dejen permanecer en el cargo hasta fin de mes, aunque sea solo para que pueda cobrar su adicional.
¿Dónde quedó la majestad y el honor? Es casi inevitable pensar que, si mañana lo vuelven a separar, él volverá a aceptar el cargo de Director Regional de Educación sin reparos, con tal de ser el director de la DREA, sin cuestionar nada. Por lo tanto, no veremos cambios en la DREA; han puesto a alguien que no tiene carácter, ni respaldo magisterial ni político, a diferencia de otros. La separación en el cargo la firmó el propio Gobernador. ¿Qué mayor mensaje que ese? Pero el actual titular de la DREA no hará memoria de eso. ¡Cómo extrañamos a los viejos políticos como el Dr. Wong!
¿Qué opinión tendrán los sindicatos regionales de Educación al respecto? Esperamos algún tipo de pronunciamiento.
Esta sería una noticia alentadora si a partir de mañana se comenzaran a implementar los cambios necesarios y se retiraran aquellos que, de manera sospechosa, asumieron las direcciones de las UGEL Condorcanqui e Imaza. Asimismo, sería fundamental replantear los procesos de evaluación de Directores de UGEL, realizados por la comisión de lujo liderada por el exdirector Lilier Noé Delgado Colunche, un docente con credenciales destacadas: 7ma escala magisterial, experiencia en gestión como Director de UGEL y actual Jefe de Gestión Pedagógica de la UGEL Rodríguez de Mendoza.
Hoy les contaremos a nuestros lectores los entretelones detrás de las designaciones de directores de UGEL, las evaluaciones a los Directores de UGEL para su continuidad, y cómo alguien llegó a ocupar dos puestos directivos al mismo tiempo. Finalmente, analizaremos la legalidad y las responsabilidades que tendrían que asumir el Gobernador y su equipo, todo esto mientras se escucha el eco del "fantasma de la revocatoria" de actual gestión del Gobierno Regional de Amazonas.
Los cambios son la consecuencia de una crisis que han intentado ocultar con agradecimientos superficiales a los exfuncionarios y poses de despedida que, más que sinceras, parecen dignas de un premio al histrionismo.
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO EN CARGOS DIRECTIVOS DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL, EN EL MARCO DE LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL 2023-2024 - DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN AMAZONAS.
En este artículo, explicaremos cómo se podría declarar la nulidad de las designaciones y las evaluaciones a los Directores de UGEL en la región Amazonas.
Las evaluaciones de los Directores de las UGEL BAGUA, LUYA y UTCUMBAMBA, se habrían realizado antes del cambio de los miembros del Comité de Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de las Unidades de Gestión Educativa Local de la DRE AMAZONAS. Penderían de un hilo estas evaluaciones y resultados finales.
Este escenario sería devastador, especialmente considerando las expectativas que había sobre la gestión del empresario-gobernador en su segundo mandato en Amazonas, aunque no necesariamente se esperaba una gestión ejemplar.
¿Es señal de ingenio o de ingenuidad lo realizado por la gestión educativa regional en Amazonas?
Los malos dirigentes han cometido errores que demuestran una ingenuidad supina, con el claro interés de capturar las instituciones de gestión educativa en nuestra región. No imaginaron que todo esto les estallaría en la cara. Prueba de ello son los cambios de emergencia realizados para evitar más cuestionamientos. A continuación, narramos cómo se llevaron a cabo las renuncias y designaciones con estos fines, así como la evaluación de directores de UGEL y la designación de directores en las UGEL Condorcanqui e Imaza.
DESIGNACIONES Y RENUNCIAS EN LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN AMAZONAS.
Primero
· RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 621-2023- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR de fecha 25 de agosto del 2023. ARTICULO SEGUNDO: DESIGNAR, a partir del 28 de agosto de 2023, al Mg. LILIER NOE DELGADO COLUNCHE en el cargo público de confianza de DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS, bajo los alcances del Decreto Legislativo N.º 1057 Contrato Administrado de Servicios - CAS - Confianza. En ese fecha el mencionado servidor ocupaba el puesto de Director de la Ugel Rodríguez de Mendoza.
Segundo
SEGÚN RVM N° 166-2022-MINEDU / OFICIO N° 01896-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD / OFICIO N° 00063-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD/OFICIO N.º 000141-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, fecha de 11 de setiembre del 2023.
RELACIÓN DE GANADORES DE LOS CARGOS DE DIRECTOR/JEFE DE GESTIÓN PEDAGÓGICA DE DRE/UGEL EN EL MARCO DE LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL DEL CONCURSO PÚBLICO DE ACCESO A CARGOS DIRECTIVOS Y DE ESPECIALISTAS EN EDUCACION EN LAS INSTANCIAS DE GESTIÓN EDUCATIVA DESCENTRAL
El servidor LILIER NOE DELGADO COLUNCHE resulta ganador para ejercer funciones de Jefe de Gestión Pedagógica de la UGEL Rodríguez de Mendoza por un periodo de 4 años, desde el 2024 al 2027.
Tercero
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 393-2024- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GRDS de fecha de 14 de diciembre del 2023.
En su ARTÍCULO CINCO: DESIGNAR, en el cargo de JEFE DE GESTIÓN PEDAGÓGICA por un periodo de cuatro años, a LILIER NOE DELGADO COLUNCHE, 7ma escala magisterial, vigencia del 01/01/2024 al 31/12/2027 de la UGEL RODRIGUEZ DE MENDOZA.

Cuarto
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 910-2023- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR de 29 de diciembre del 2023.
ARTÍCULO PRIMERO: ACEPTAR LA RENUNCIA Y DAR POR CONCLUIDA, a partir del 31 de diciembre de 2023, la designación del Mg. LILIER NOE DELGADO COLUNCHE presenta renuncia al cargo público de confianza de DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS, dándole las gracias por los servicios prestados a la Entidad.
Quinto
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 012-2024- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR de fecha de 17 enero del 2024.
En su ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a partir del 18 de enero de 2024, al Mg. LILIER NOE DELGADO COLUNCHE las funciones del cargo público de confianza de DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS, cargo que desempeñara en adición a las funciones propias de su cargo.
El servidor asume doble función: JEFE DE GESTIÓN PEDAGÓGICA DE LA UGEL RODRIGUEZ DE MENDOZA Y DIRECTOR DE LA DRE AMAZONAS desde el 18 de enero hasta el 15 de abril de 2024.

Sexto
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 196-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR de fecha de 12 abril del 2024.
En su ARTÍCULO PRIMERO: ACEPTAR LA RENUNCIA Y DAR POR CONCLUIDA LA ENCARGATURA, a partir del 15 de abril de 2024, al Mg. LILIER NOE DELGADO COLUNCHE en las funciones del cargo público de confianza de DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS, dándole las gracias por los servicios prestados a la Entidad.

Nos preguntamos: ¿Acaso no hay suficientes candidatos capacitados para el cargo de Director de la Dirección Regional de Educación en Amazonas?
Hemos hecho público los casos de incompatibilidad en las designaciones de altos funcionarios dentro de la Dirección Regional de Educación de Amazonas (DREA). Estos casos involucran a Lilier Noé Delgado Colunche y Segundo Lizardo Zumaeta Arista, cuyas designaciones son objeto de controversia debido a la violación de normativas que regulan la incompatibilidad en el ejercicio de funciones públicas.
La Constitución Política del Perú, en su artículo 40, establece claramente que "ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo remunerado, salvo excepciones específicas como funciones docentes o encargaturas autorizadas por ley". Esta disposición busca prevenir conflictos de interés y garantizar que cada función sea desempeñada con la dedicación requerida. No cuestiono la doble percepción.
Al respecto, SERVIR ha tenido la oportunidad de pronunciarse, así en el Informe Técnico N° 1182- 2022-SERVIR/GPGSC:
“3.1 La prohibición de doble percepción de ingresos a la que se encuentran sujetos los funcionarios y servidores públicos exceptúa de sus alcances al ejercicio de la función docente, la percepción de dietas por participación en uno de los directorios de entidades o empresas públicas y la percepción de pensión de jubilación o cesantía de los regímenes del Decreto Ley 20530 y Ley 19990.
3.2 La función docente debe entenderse como la acción de impartir enseñanza a un grupo de personas (en colegios, universidades e institutos), de conformidad con la Ley Universitaria y la Ley de la Reforma Magisterial; es decir que, la "docencia" abarca a los profesores en las universidades tanto públicas como privadas, instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productiva y en las instancias de gestión educativa especializada.
3.3 Es obligación de todo servidor público desempeñar el cargo de forma exclusiva durante la jornada de trabajo, por lo que la posibilidad del segundo vínculo legalmente permitido se encontrará sujeta a la inexistencia de incompatibilidad horaria entre ambas relaciones laborales, ello independientemente de la modalidad de trabajo desempeñada (trabajo presencial, trabajo remoto o modalidad mixta) regulada en el Decreto de Urgencia N° 026- 2020 y Decreto Legislativo N° 1505.” (El énfasis es agregado)
En el caso de Lilier Noé Delgado Colunche es incompatible el haber ejercercido simultáneamente un cargo adicional por 3 meses y 15 días en otra entidad pública. Similarmente, la reciente designación de Segundo Lizardo Zumaeta Arista como representante de la DREA también ha sido cuestionada bajo los mismos argumentos de incompatibilidad.
La prohibición tiene sentido porque físicamente y temporalmente es imposible que una persona esté presente y desempeñando sus funciones en dos lugares al mismo tiempo durante una jornada laboral completa. Sin embargo les habrían estado llevando a la DREA la documentación de la Jefatura de la Gestión Pedagógica de la Ugel Rodriguez de Mendoza para que pueda firmar. De lo contrario, de abandonar sus funciones por más de 30 días hubiera sido separado del cargo en la Ugel Rodriguez de Mendoza. ¿Harán lo mismo con Segundo Lizardo Zumaeta Arista actual Director de la DREA y Director de la Ugel Chachapoyas?
Ya empiezo a entender el valor que le da el Gobernador a la Educación; hace suponer que es algo menor, una función que sin problema se puede realizar a medio tiempo.
Recordemos que la Constitución prohibe la duplicidad de funciones que afecten el desempeño eficiente del servidor público, ya que esto podría llevar a un incumplimiento de sus deberes en uno o ambos cargos, el ejercicio simultáneo de ambos cargos genera un conflicto de intereses y afecta la eficiencia y transparencia en la gestión educativa. Además, dicha conducta contraviene las normas específicas de ambas entidades, las cuales prohíben la acumulación de cargos.
¿Quién estuvo cobrando el sueldo por el cargo de DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN AMAZONAS durante los meses de enero a abril de 2024, y durante los otros periodos de la gestión del exdirector de la DRE Amazonas en 2023?
Sabemos que Lilier Noé Delgado Colunche cobró su sueldo desde enero hasta abril de 2024, utilizando el presupuesto asignado al cargo de Jefe de Gestión Pedagógica de la UGEL Rodríguez de Mendoza. Es probable que el actual Director de la DREA esté recibiendo su remuneración por el puesto de Director de la UGEL Chachapoyas, con el fin de evitar la apariencia de una doble remuneración pública, a menos que haya renunciado y esté cobrando como representante de la entidad.


Se lee en la publicación de Facebook de la UGEL Chachapoyas, fechada el 9 de agosto de 2024:
"La socialización de este proceso está siendo liderada por el Director de la UGEL Chachapoyas, Dr. Segundo L. Zumaeta Arista, junto al Jefe de Gestión Pedagógica y los Especialistas de los diferentes Niveles Educativos. Ellos están trabajando de manera cercana con cada institución para garantizar una comprensión clara y unificada de los criterios y objetivos de la evaluación."
Recordemos que asumió funciones como Director de la DRE Amazonas a partir del 15 de agosto, pero la resolución directoral (Resolución Ejecutiva Regional N° 455-2024 del Gobierno Regional Amazonas) no oficializa su renuncia al puesto de Director de la UGEL Chachapoyas, una RD de ese detalle no fue emitida. Salvo que la muestren. Entonces...

¿Quién está cobrando actualmente el sueldo por el cargo de DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN AMAZONAS?
Queda pendiente que las autoridades informen a la ciudadanía y aclaren qué se está haciendo con el presupuesto de la plaza CAS correspondiente al cargo de confianza dentro del Servicio Civil, específicamente del puesto de Director Regional de Educación en la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Amazonas. ¿Será que, en un gesto de generosidad, ese presupuesto se revertirá porque no está siendo utilizado? Es crucial tener cuidado, porque podrían perder el presupuesto de esa plaza si no lo usan.
Recuerden, plaza que no usas, plaza que se te quita.
Nos sigue llamando poderosamente la atención: ¿Cómo es posible dirigir dos instituciones al mismo tiempo? Seguimos en una gestión que compartirìa el escenario incompatibilidad por ejercer dos funciones.
El Dr. Segundo L. Zumaeta Arista, estaría ejerciendo dos funciones Director de la Ugel Chachapoyas (Ley de Reforma Magisterial) y Director Regional de Educación en la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Amazonas (Ley del Servicio Civil), esperemos que el servidor no tenga procesos administrativos disciplinarios abiertos o en Servir, eso si agravaría el tema.
Tal proeza no se ha visto antes en otra región.
PRESUNTAS IRREGULARES EN LA DESIGNACIÓN DE DIRECTORES DE LAS UGEL CONDORCANQUI E IMAZA
Al cierre de la nota, tuvimos acceso a la información acerca de la designación de directores de UGEL por parte de la Dirección Regional de Educación Amazonas, designó con RDR Nº 006-2024 de fecha 03 de enero del 2024, de forma cuestionable, al Prof. PERCY TUESTA MENDOZA como director de la UGEL CONDORCANQUI.
Conforme lo dispone la Resolución Viceministerial N' 147-2023- IVINEDU; sin embargo, se tiene como resultado que la plaza de Director de la citada UGEL se encuentra desierta; por lo que se ha determinado encargar excepcionalmente de conformidad a lo establecido en el literal o) numeral 5.6.1 de la normativa el cual señala:
"Excepcionalmente, en aquellas UGEL, donde la plaza de Director de UGEL y Jefe de Gestión Pedagógica de UGEL son identificadas como EIB y no se logren coberturar conforme lo señalado en el literal a), b) e i) del numeral 5.5.2 de la presente GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS -2- norma técnica, se puede adjudicar la plaza vacante al profesor nombrado que ostente mayor escala, debiendo encontrarse como mínimo en la tercera escala magisterial e inscrito en el RNDBLO...",

Percy Tuesta, actual director de la UGEL Condorcanqui, no es el docente con mayor escala magisterial dentro de los docentes nombrados en Condorcanqui. De hecho, Tuesta ostenta solo la tercera escala magisterial. Su designación ha generado controversia debido a irregularidades en el proceso de selección, ya que no cumple con el perfil requerido de dominio de la lengua Awajún que se le exige minimamente a un docente de aula. Tuesta apenas tiene un nivel básico de comprensión oral del Awajún y carece de habilidades en la escritura de este idioma. Ni siquiera podría enseñar en una IE del nivel Primaria EIB.

Sorprende que, a pesar de estas limitaciones, Tuesta haya sido especialista de Educación Primaria EIB en la UGEL Condorcanqui durante muchos años. Además, resulta sospechoso que haya ganado el concurso de designación frente a la docente Silvia Gema Samaniego Gutierrez, quien posee la quinta escala magisterial y sí cumple con el dominio requerido del idioma Awajún, habla y escribe a un nivel por encima del básico. La justificación oficial para esta decisión fue que la docente Samaniego "no se presentó en la fecha y hora convocada".

¿Es creíble que alguien con el mérito no se presente el día de la adjudicación? Que no asista uno de los postulantes podría ser comprensible y le podemos dar el beneficio de la duda. Pero, ¿que los dos ganadores para ocupar los puestos de Directores de Ugel Imaza y Condorcanqui no se presenten?

Una vez más, una mujer enfrenta dificultades para ocupar la Dirección de la UGEL Condorcanqui, tal como le ocurrió a la Lic. Norma Quispe Zegarra en 2022. Ambas son las únicas docentes en la UGEL Condorcanqui que pertenecen a la 5ta escala magisterial. Así es la meritocracia en Amazonas: se coloca a un hombre sin los credenciales por encima de una mujer que sí los tiene. Es lamentable la política de igualdad de género del Gobierno Regional de Amazonas. No vimos a ninguna organización de mujeres awajún o alguna ONG's defender a la docente Samaniego. A la docente solo le quedó quedarse en silencio.
Este caso plantea serias dudas sobre la transparencia y equidad en los procesos de selección dentro de la UGEL Condorcanqui, y destaca la necesidad de una revisión exhaustiva de los procedimientos empleados.
Fuentes cercanas nos informan que la docente no fue convocada a la adjudicación y que la habrían sorprendido, la DRE Amazonas no solo sorprendió a la docente Samaniego, también habrían utilizado el mismo argumento con el ganador de la plaza de director de la UGEL IBIR IMAZA, el docente YAMPIS AGKUASH JORGE, designando al docente SAMAT WASMIG DAVID como gestor de la entidad, pese a que resultó ser el 2do puesto.
Llama la atención estas designaciones, las UGEL CONDORCANQUI y UGEL IBIR IMAZA, tienen la mayor cantidad de casos abiertos contra docentes por los presuntos casos de violencia sexual a menores a nivel nacional.
¿Es regular que el actual Jefe de Gestión Pedagógica de la UGEL Rodríguez de Mendoza haya designado a su superior en el cargo, Director(a) de la UGEL Rodríguez de Mendoza, para el período del 12 de febrero al 31 de diciembre de 2024? La Dra. Miriam Tarrillo Marín, actual Directora de la UGEL Rodríguez de Mendoza, fue designada por el entonces Director de la Dirección Regional de Educación Amazonas y actual Jefe de Gestión Pedagógica de la UGEL Rodríguez de Mendoza, el Mg. Lilier Noé Delgado Colunche.
La Dirección Regional de Educación de Amazonas tiene la responsabilidad crítica en asegurar que las designaciones de los directores de las UGEL sean realizadas con seriedad, transparencia y de acuerdo con un perfil adecuado, especialmente en contextos tan vulnerables como las comunidades Awajún y Wampis.
Este caso plantea serias dudas sobre la transparencia y equidad en los procesos de designación para cargos directivos en las UGEL a cargo de la Dirección Regional de Educación Amazonas.
Pedimos que se esclarezcan los hechos y se hagan los cambios que correspondan, a fin de que asuman los profesionales en aras de la tan mencionada meritocracia.
¿Quién asesora al Gobernador en temas educativos?
FIN
Les dejo un dato:
La Ugel Imaza durante el 2023, habría contrato a docentes con sanciones según Contraloría, como reveló en su INFORME DE CONTROL ESPECÍFICO N° 047-2024-2-0997-SCE

*Las opiniones expresadas en este artículo son exclusivamente del autor y no reflejan necesariamente la postura o posición de la empresa.
*Esta publicación es en ejercicio de el derecho a la libertad de pensamiento y expresión, de acuerdo con la protección que otorga el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (“Convención Americana”) – y, en la Constitución Peruana, establecido en los artículos 2.4 y 2.5 –, contempla tanto el derecho de las personas a expresar su propio pensamiento, como el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole. Este derecho reviste una crucial importancia para el desarrollo personal de cada individuo, para el ejercicio de su autonomía y de otros derechos fundamentales.
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