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EL Ministerio de Educación, mantiene criterio excluyente en Ascenso Docente 2025 y desconoce títulos adicionales

Ministerio de Educación

¿Sabías que el MINEDU mantiene un criterio clave en el concurso de Ascenso Docente 2025?


Miles de maestros podrían quedarse sin puntaje por mérito debido a un subcriterio que no existía en procesos anteriores. Si tu título profesional o segunda especialidad fue obtenido antes de tu nombramiento, ¡ya no suma puntos!


Desde el año 2015, el Ministerio de Educación (MINEDU) ha organizado concursos públicos para el Ascenso en la Carrera Pública Magisterial (CPM) bajo la promesa de garantizar una trayectoria meritocrática. Los Concursos de Ascenso 2024 y 2025 —regulados por la RVM N.º 077-2024-MINEDU y la RVM N.º 048-2025-MINEDU publicado el 13 de mayo de 2025— han introducido un cambio que ya he señalado anteriormente y que considero excluyente: el subcriterio 1.2

solo otorga puntaje a los títulos de segunda especialidad y títulos de profesor o licenciado en educación obtenidos posteriormente al nombramiento. 

Todo indica que esta modificatoria habría sido añadida por la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN) del MINEDU, bajo la dirección de Eloy Alfredo Cantoral Licla.



Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso de Ascenso 2024 aprobado con la RVM N.º 077-2024-MINEDU
Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso de Ascenso 2024 aprobado con la RVM N.º 077-2024-MINEDU
Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso de Ascenso 2025 aprobado con la RVM N.º 048-2025-MINEDU
Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso de Ascenso 2025 aprobado con la RVM N.º 048-2025-MINEDU

Por ejemplo, en la región Amazonas, existen más de 180 docentes titulados en Educación Inicial que, ante la escasa disponibilidad de plazas en dicho nivel para contrato docente, decidieron continuar su formación profesional y obtuvieron un segundo título en Educación Primaria. Estudiaron cinco años adicionales para completar esta segunda carrera, y muchos de ellos recién lograron su nombramiento en los concursos de 2017, 2018 y 2019.


El problema es que, como estos títulos fueron obtenidos antes de su nombramiento, el MINEDU, a cargo del ministro Morgan Niccolo Quero Gaime, no les reconoce a los docentes el mérito de contar con dos especialidades en educación. En total, estos docentes han estudiado diez años, y sin embargo, su esfuerzo ha quedado invisibilizado tanto en el proceso de Ascenso 2024 y pronto en el de 2025, debido a una norma injusta y restrictiva que desconoce la formación previa al nombramiento.


Asimismo, miles de docentes hoy ostentan un título de segunda especialidad en educación, obtenido antes de su ingreso a la CPM, y gracias al cual pudieron alcanzar una plaza de nombramiento.

Actualmente, en el proceso de reasignación docente no existe ningún criterio que excluya el mérito de contar con una segunda especialidad u otro título profesional o de licenciado en Educación. Lo mismo ocurre en las evaluaciones para acceder a cargos directivos de IE, UGEL o DRE o de especialistas en Educación. ¿Por qué, entonces, se pretende penalizar dicho mérito en el proceso de Ascenso 2025? Esta contradicción no solo genera desigualdad, sino que también despierta sospechas de manipulación política en el acceso a cargos de mayor jerarquía dentro de la Carrera Pública Magisterial.


Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso de Ascenso 2023 aprobado con la RVM N.º N.º 061-2022-MINEDU
Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso de Ascenso 2023 aprobado con la RVM N.º N.º 061-2022-MINEDU

Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional de los concursos de Ascenso 2021 y 2022 aprobado con la RVM N.º 057-2021-MINEDU y modificatorias


Este cambio representa una alteración deliberada en la evaluación docente, ya que en todos los concursos de ascenso previos —incluidos los de 2016, 2019, 2021, 2022 y 2023— el subcriterio 1.2 de la Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional (aprobado por las RVM N.º 088-2015-MINEDU, N.º 115-2019-MINEDU, N.º 063-2021-MINEDU, N.º 057-2021-MINEDU, N.º 061-2022-MINEDU y N.º 102-2023-MINEDU, junto con sus modificatorias) no condicionó la fecha de obtención de otro título profesional, de profesor, licenciado en Educación o segunda especialidad para otorgar puntaje como parte de la valoración de la trayectoria profesional del docente nombrado.


Surge una pregunta de fondo: ¿Será que muchos de estos docentes tienen el perfil para ascender a la quinta, sexta o séptima escala, y eventualmente postular como directores de UGEL, especialistas u otros? De ser así, ¿existe una intención deliberada de frenar estos ascensos para mantener el control político o clientelar de los cargos directivos a nivel nacional?

Cabe señalar que no existe ninguna disposición en la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.º 29944) ni en su reglamento que sustente este nuevo criterio. El Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2013-ED, establece en el inciso 53.2 del artículo 53 lo siguiente:

“La formación profesional y los méritos del postulante comprenden estudios de posgrado, segunda especialidad, actualización y capacitación, especialización, los cargos desempeñados, las distinciones obtenidas y la producción intelectual.”

Este artículo no impone restricciones respecto a la fecha de obtención de los estudios señalados. En otras palabras, no se exige que los títulos o grados académicos hayan sido obtenidos después del nombramiento en la CPM.


El MINEDU debe rectificar esta disposición y restablecer el reconocimiento de los títulos de segunda especialidad y títulos profesionales sin condicionamientos temporales injustificados.

Si lo que se busca es meritocracia, el Estado no puede aplicar criterios excluyentes que contradicen el reglamento de la Ley magisterial y la historia reciente de sus propios concursos de Ascenso docente.


*Las opiniones expresadas en este artículo son exclusivamente del autor y no reflejan necesariamente la postura o posición de la empresa.


Invito nuestros lectores a dejar un comentario y a compartir su experiencia

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